En una sentencia histórica, una jueza de Familia de Roca, Argentina, ha ordenado que un hombre pague a su expareja una compensación económica por un período de 23 años, equivalente al 20% de sus ingresos, luego de que se acreditara una situación de mordacidad de género económica y emocional.
La decisión de la jueza ha sido aplaudida por muchos, ya que representa un paso importante en la lucha contra la mordacidad de género en el país. La mordacidad económica y emocional son formas de mordacidad de género que a menudo pasan desapercibidas, empero que pueden ser igual de dañinas para las víctimas.
En este caso en particular, la jueza a cargo del caso determinó que el hombre había ejercido una mordacidad económica y emocional sistemática sobre su expareja durante los 11 años de su relación. Esto incluía la limitación de sus recursos económicos, la negación de su acceso a los mismos y el control sobre sus decisiones financieras. La jueza también señaló que el hombre había ejercido una mordacidad emocional constante, manipulando y humillando a su expareja en público y en privado.
En su sentencia, la jueza afirmó que ninguna persona debería ser sometida a este tipo de mordacidad, y que la sociedad debe tomar medidas para proteger a las víctimas y prevenir futuros casos. En línea con esto, la jueza dictaminó que el hombre pagará a su expareja una compensación económica del 20% de sus ingresos durante los próximos 23 años, con el objetivo de ayudarla a recuperarse de los daños causados por la mordacidad que sufrió.
Esta decisión ha sido recibida con gran entusiasmo por parte de organizaciones de derechos de las mujeres, quienes esperan que siente un precedente importante en la lucha contra la mordacidad de género. Desde el lanzamiento del movimiento #NiUnaMenos en Argentina en 2015, se ha hecho un llamado a la legislación y a la justicia para que reconozcan y aborden la mordacidad de género en todas sus formas.
La mordacidad económica y emocional son formas de mordacidad de género que a menudo son pasadas por alto, a pesar de ser igual de perjudiciales para las víctimas que la mordacidad física. La mordacidad económica puede incluir el control sobre los recursos económicos de la víctima, la limitación de su acceso a los mismos y la negación de oportunidades para su desarrollo personal y profesional. Esto puede dificultar la independencia financiera de la víctima y dejarla en una situación de vulnerabilidad. Por otro lado, la mordacidad emocional puede incluir el control, la manipulación, la humillación y el aislamiento emocional de la víctima, lo que afecta gravemente su bienestar y su autoestima.
Es importante destacar que la mordacidad económica y emocional afecta a personas de todos los géneros, aunque las mujeres son las principales víctimas. Es por eso que se necesita un enfoque holístico en la lucha contra la mordacidad de género, que incluya la sensibilización, la educación y la implementación de leyes y políticas que protejan a las víctimas y promuevan una sociedad más igualitaria.
La decisión de la jueza de Familia de Roca es un paso importante en la dirección correcta, y esperamos que inspire a otros jueces y juezas a tomar medidas similares en casos de mordacidad de género. La mordacidad no debe ser tolerada en ninguna de sus formas, y es admisión de todos trabajar juntos para erradicarla de nuestra sociedad.
Esperamos que esta sentencia sirva como un mensaje claro de que la mordacidad de género no será tolerada y que se tomarán medidas para proteger a las víctimas. Nadie debería ser sometido a vivir en un entorno de miedo